El Tribunal Constitucional anuló una sentencia que data del año 2021,que se había emitido en los tribunales de Montecristi, y por su parte, falló en contra del Alcalde Ignacio Manuel Rosa y la Regidora Generoliza Martínez Vda Veras, por violación a la ley 200-04 de Acceso a la Información Publica.
El Tribunal Constitucional evacuó la sentencia No 047-23, la cual anuló la No 238-2021-SSEN-00001, de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Montecristi, la cual había negado una Acción de Amparo, incoada por el señor Luis Peña Sosa, contra el Alcalde Ignacio Manuel Rosa y Generoliza Martínez.
El tribunal Constitucional, ordenó al ayuntamiento de Pepillo Salcedo (Manzanillo), en la persona, de su Alcalde Ignacio Rosa, entregar todas las informaciones solicitadas por el señor Luis Peña Sosa, en cumplimiento a la ley 200-04 de Acceso a la Información Pública.
La alta corte al mismo tiempo ordenó al ayuntamiento del Municipio de Pepillo Salcedo, la entrega al señor Luis Peña Sosa, de todas las informaciones solicitada y al mismo tiempo impuso lo condena al pago de un astreinte de cinco mil pesos dominicanos (RD$ 5,000.00) por cada día de retardo en entregar la información.
En la sentencia se establece que la misma debe ser ejecutada 30 días después de la notificación. Los abogados Lic: José Manuel Gil García Y el Lic Manolito rosario Meran, de la firma LW & Asociados, actuando en representación del recurrente, expresaron que la misma ya fue debidamente notificada en fecha 15 de septiembre y que esperan la entrega de las informaciones , por parte del ayuntamiento de pepillo Salcedo, a los fines de dar cumplimiento a tan importante decisión emanada del Tribunal constitucional de la República